🇪🇸IGPCharcutería
Ternera de Extremadura
Ternera de Extremadura es carne fresca de ternera y vacuno mayor procedente de ganado de razas autóctonas extremeñas y cruces especificados, criado en régimen extensivo en el paisaje de dehesa de Extremadura, España. La denominación abarca tres categorías de canal definidas por edad, cada una con características definidas de color, grasa y textura, y exige que el nacimiento, la cría, el sacrificio y el despiece tengan lugar dentro de la zona delimitada.
Acerca de esta denominación
Registrada como IGP con el número de expediente PGI-ES-0220, con protección comunitaria concedida el 10 de enero de 2002, Ternera de Extremadura ampara la carne fresca de ganado de las razas autóctonas Retinta, Avileña Negra-Ibérica, Morucha, Blanca Cacereña y Berrendas, y sus cruces entre sí o con las razas Charolais y Limousin, siempre que los animales se críen en régimen extensivo. El pliego de condiciones define tres categorías según la edad de sacrificio: ternera, procedente de animales sacrificados entre los 7 y los 12 meses menos un día; añojo, procedente de animales sacrificados entre los 12 y los 16 meses menos un día; y novillo, procedente de animales sacrificados entre los 16 y los 36 meses. Cada categoría lleva asociadas características definidas de color, color de la grasa, consistencia y textura, tal como se recoge en el pliego de condiciones. Los terneros no podrán destetarse antes de cumplir al menos cinco meses de edad. Las madres se alimentan en los pastos de la dehesa y otros pastos autóctonos del ecosistema extremeño a lo largo de todo el año, con suplementación a base de paja, heno, cereales, cultivos proteicos y otras materias primas de origen vegetal, además de los minerales y vitaminas necesarios. Queda expresamente prohibido el uso de productos que puedan interferir en el ritmo normal de crecimiento y desarrollo. La zona geográfica comprende los partidos judiciales de Alburquerque, Almendralejo, Azuaga, Badajoz, Brozas, Cáceres, Castuera, Coria, Don Benito, Herrera del Duque, Hervás, Jaraíz de la Vera, Jerez de los Caballeros, Logrosán, Llerena, Mérida, Navalmoral de la Mata, Olivenza, Plasencia, Puebla de Alcocer, Trujillo y Valencia de Alcántara, y todas las fases de producción —nacimiento, cría, sacrificio y despiece— deben tener lugar dentro de esta zona. La denominación está gestionada por el Consejo Regulador de las indicaciones geográficas protegidas de Carne de Vacuno de Extremadura.
Fuente: El documento del registro del que se escribió esta entrada · recuperado 26 de agosto de 2026
Hechos distintivos
- Registrada como IGP el 10 de enero de 2002 con el número de expediente PGI-ES-0220, identificador eAmbrosia EUGI00000013529.
- El pliego de condiciones define tres categorías basadas en la edad: ternera (de 7 a 12 meses menos un día), añojo (de 12 a 16 meses menos un día) y novillo (de 16 a 36 meses).
- Los terneros no podrán destetarse hasta cumplir al menos cinco meses de edad, y las madres deben alimentarse en la dehesa y en pastos autóctonos extremeños durante todo el año.
- El nacimiento, la cría, el sacrificio y el despiece deben realizarse íntegramente dentro de la zona geográfica delimitada; ninguna fase puede llevarse a cabo fuera de ella.
Esta descripción se ha traducido automáticamente del inglés.
Notas de cata
Extremaduran beef IGP from native Avileña-Negra and Retinta breeds. Robust flavored meat from dehesa-fed cattle.
Uso HoReCa
Cocina extremeña.
Envase
- Same as other beef IGPs